CRONOLOGIA DE ANIA
Históricamente en la República Nicaragua la investigación de accidentes había sido asumida por el personal del entonces instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil “INAC”, ese personal integraba la denominada comisión Investigadora de Accidentes, y funcionaba como un Departamento del organismo rector de la actividad aeronáutica.
Con la promulgación de, la Ley N° 988 de Aviación Civil de la República de Nicaragua, es reformado el instituto Nicaragüense de aeronáutica civil (INAC) y creada la Agencia Nicaragüense de investigación de accidentes e Incidente (ANIA) Mediante el Artículo 235 de dicha Ley, es creada como Órgano Adscrito a la Junta de Aviación Civil, aunque con independencia funcional, garantizando así, que las investigaciones técnicas sean realizadas y supervisadas por un organismo calificado y con carácter permanente; esa independencia principalmente debe mantenerse con respecto a las autoridades aeronáuticas y aeroportuarias, así como a cualquier otra cuyos intereses pudiesen entrar en conflicto con la labor encomendada.
En el marco del Acuerdo de Chicago, el 7 de diciembre de 1944, la Organización Mundial de Aviación Civil “OACI”, publicó el Anexo 13 para sus Estados Miembros; este Anexo contiene directrices sobre cómo se deberán llevar a cabo las investigaciones de accidentes e incidentes graves. Es importante señalar, que el único propósito de la investigación de un accidente o incidente grave de aviación, es determinar las causas probables que produjeron el suceso, con la finalidad de recomendar las medidas pertinentes, que eviten en lo posible su repetición, pero jamás para determinar responsabilidad ni culpa, por lo tanto, solo procura mejorar cada vez más la seguridad aérea.